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País de reasentamiento
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País que ofrece posibilidades
de reasentamiento permanente de refugiados: Se trata en
principio de un país que no es ni el de origen ni
el país donde se reconoce el estatuto de refugiado
en primer lugar.
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País de residencia habitual
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El país en el que la persona
vive, es decir, el país en el que tiene una vivienda
donde normalmente pasa los períodos diarios de descanso.
Los viajes temporales al exterior con fines de ocio vacaciones,
visitas a parientes y amigos, negocios, tratamiento médico
o peregrinación religiosa no cambian el país
de residencia habitual.
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Persecución
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De manera general, toda violación
grave de los derechos humanos. En el contexto de los refugiados,
el término “persecución” designa
todo acto mediante el cual se vulneran gravemente los derechos
fundamentales por motivos relacionados con la raza, la
religión, la nacionalidad, las opiniones políticas
o la pertenencia a un determinado grupo social.
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Persecución
por motivos de género
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Persecución de la que son objeto deliberado
las personas pertenecientes a uno u otro sexo, o que
les afecta desproporcionadamente. En algunos contextos,
la persecución por motivos de género puede
incluirse en la definición de refugiado.
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| Personas a cargo |
Familiares directos y empleados domésticos
del migrante principal que normalmente son admitidos en
la misma categoría de migración que esa persona.
Aunque la definición de familiares directos varía
de unos países a otros, el cónyuge y los
hijos menores de edad de un migrante principal normalmente
figuran como personas a cargo.
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Población extranjera de un país
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Todas las personas que tienen ese país
como país de residencia habitual, pero que son nacionales
ciudadanos de otro país.
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| Población de Reemplazo |
La población necesaria para
detener la declinación de la población en
general o la población activa de un lugar determinado,
con el objetivo de “reemplazar” la población
en proceso de envejecimiento. (Fuente: PNUD).
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| Población de un país
nacida en el extranjero |
Todas las personas que tienen ese país como
país de residencia habitual y cuyo lugar de nacimiento
se encuentra en otro país.
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Primer país de asilo
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País donde un solicitante de
asilo recibe protección internacional como solicitante
de asilo o como refugiado.
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Principio de unidad de la familia
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Principio que da efecto a la protección
de la familia como núcleo natural y fundamental
de la sociedad. En virtud de este principio, se puede otorgar
la condición de refugiado al cónyuge o a
las personas a cargo de una persona que responde a los
criterios de la definición de refugiado . Cuando
los cónyuges y las personas a cargo obtienen la
condición en aplicación del principio de
unidad de la familia, se dice que se benefician del “estatuto
derivado”.
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Protección internacional de los
refugiados
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Intervención de los Estados
o del ACNUR en favor de los solicitantes de asilo y de
los refugiados, para que sus derechos, seguridad y su bienestar
sean reconocidos y salvaguardados conforme a las normas
internacionales en la materia. Se puede tratar de intervenciones
encaminadas a hacer respetar el principio de no devolución,
garantizar la admisión por razones de seguridad,
el acceso a procedimientos equitativos de determinación
de la condición de refugiado, el respeto de las
normas humanas de trato, y la aplicación de soluciones
duraderas. El ACNUR es la única institución
de las Naciones Unidas cuyo mandato es proteger a los refugiados.
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Protección temporal
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Arreglo o mecanismo establecido por
los Estados para ofrecer una protección de índole
temporal a las personas que llegan masivamente, huyendo
de situaciones de conflicto o de violencia generalizada
sin determinación individual previa de la condición
de refugiado. La protección temporal se ha aplicado
en algunos Estados de Europa occidental para asegurar la
protección de personas que huían del conflicto
en ex Yugoslavia a comienzos de los años noventa.
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